ECUADOR: Declaración y pago de impuestos a tierras rurales

El Tiempo – Cuenca

Todo ciudadano que sea propietario o que tenga la posesión de tierras ubicadas en el sector rural deberán declarar y pagar el impuesto a las Tierras Rurales en el Servicio de Rentas Internas, SRI.
Esta medida aplica para las declaraciones correspondientes a los años 2010 al 2013. Los ciudadanos que deban realizar la declaración, deben tomar en consideración los siguientes casos.  Primero, si el área de tierras es superior a 70 hectáreas o si tienen inmuebles ubicados en la región amazónica y/o aquellos inmuebles ubicados en los cantones Pedro Vicente Maldonado, Puerto Quito y San Miguel de los Bancos.
También deberán declarar los ciudadanos que tengan tierras igual o superior a 25 hectáreas en cualquier región del país.  Para los propietarios que tengan tierras en diferentes regiones deberán realizar un cálculo. Si el ciudadano tiene terrenos en la región amazónica y/o en otras regiones del país, deberá realizar la sumatoria de todas las áreas, restar el número de hectáreas de la región amazónica y cantones definidos por decreto, es decir, 70 hectáreas hasta el año 2015. Y el excedente que resulte de esta operación será la base gravable del impuesto.
En cambio, si el número de hectáreas que el sujeto posee en la región amazónica es menor a 25, la base gravable del impuesto será aquella que supere las 25 hectáreas de la sumatoria total.(RET)
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