Página Siete • Impuestos flexibiliza multas y sanciones a contribuyentes • 26/11/2015

EL FISCO EMITIRÁ UNA RESOLUCIÓN PARA REGULAR LAS FALTAS
Con la nueva normativa, la recaudadora aceptará hasta tres errores en los libros de compraventa y las multas se reducirán en un 50%, en algunos casos
Con el propósito de facilitar el cumplimiento tributario, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitirá una Resolución Normativa de Directorio para regular el régimen de sanciones por contravenciones tributarias y establecer castigos más benignos para los contribuyentes que incurran en un incumplimiento.
El presidente del SIN, Erik Ariñez, informó que esta disposición administrativa compila en un solo cuerpo legal toda la normativa dispersa que contempla sanciones por incumplimiento de deberes formales.
“Teníamos estas sanciones en muchas normas, estaban muy dispersas y ahora lo que estamos haciendo con esta resolución es concentrar todas estas disposiciones”, enfatizó.
Explicó que la cuantificación de las multas está en directa proporción a la gravedad de la contravención y de acuerdo con la clasificación de contribuyentes como las personas naturales, jurídicas, empresas unipersonales y sucesiones indivisas.
Asimismo, la nueva normativa incorpora un régimen de reducción de multas, lo cual otorga al contribuyente la posibilidad de reducir a la mitad una multa, para los deberes formales de información, si el contribuyente envía la información dentro de los 20 días siguientes a la notificación del proceso sancionador.
Ariñez manifestó que la estratificación responde a la necesidad de diferenciar la gravedad del incumplimiento para sancionar de forma proporcional.
Es decir, que no se incorporarán nuevas penalidades, sino que se dividirán las existentes en función a la gravedad de la falta, considerando que en la actualidad el castigo por la no presentación o entrega fuera de plazo se aplica por igual.
Todos los contribuyentes que a la fecha tuvieran multas calificadas por incumplimiento a deberes formales podrán acogerse a los nuevos procedimientos.
El documento oficial será publicado este fin de semana.
Las penas
La autoridad citó que los castigos monetarios se reducirán en un 50% y 80%, incluso habrá una tolerancia en los ajustes de compraventa, cuentas en las que se identifican errores.
Por ejemplo, cuando una persona tiene que actualizar sus datos, a momento de su inscripción tiene la obligación de declarar y actualizar la información.
Para ese tipo de incurrimientos se fijaba un castigo de 500 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda); ahora el monto será reducido a 250 UFV.
Otro caso ocurría cuando el contribuyente debía presentar su libro de cuentas de compra-venta cada año con los datos renovados, pero si no lo mandaba en el tiempo fijado, tenía que cancelar 1.000 UFV, ahora eso se reducirá a un 50%, además se le dará un plazo de 20 días para regularizar.
“Entonces queremos beneficiar a los contribuyentes y establecer procedimientos más fáciles, ágiles y simples”, aseguró.
Aclaró que la recaudación por multas y sanciones es mínima y que no llega ni al 0,2% de los ingresos del SIN.
Tipo de faltas
Accesorios Son montos adicionales a la deuda principal, tales como el mantenimiento de valor, intereses y multas que se pagan sobre la obligación cancelada fuera de término
Repetición Es el procedimiento que utilizan los contribuyentes o responsables para reclamar la devolución de pagos indebidos al fisco, por concepto de tributos, intereses o multas pecuniarias.
Actualización Consiste en obtener el mantenimiento de valor de un monto adeudado sobre la base de la variación de la cotización oficial para la venta del dólar con respecto de la moneda nacional, entre el día de vencimiento de la obligación fiscal y el día hábil anterior al que se realice el pago.
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