La Razón – Sanciones por evasión derivaron en presión fiscal y más ingresos
Empresarios y gremialistas coinciden en que las clausuras progresivas y el cierre definitivo de negocios por no emisión de facturas ocasionaron una mayor presión tributaria, principalmente para el sector formal.
Recaudaciones impositivas y negocios clausurados por no emitir factura
La Razón (Edición Impresa) / Aline Quispe / La Paz
00:00 / 02 de febrero de 2014
00:00 / 02 de febrero de 2014
El endurecimiento de las sanciones vigentes en 2013 por la no emisión de facturas y la comercialización o falsificación de notas fiscales generó mayor presión tributaria para los contribuyentes, permitiendo al fisco mantener un alto nivel de recaudación.
El Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, promulgado el 11 de diciembre de 2012, puso en vigencia las clausuras progresivas hasta por 48 días continuos y el cierre de los comercios cuyos dueños no emitan notas fiscales.
Antes de estas disposiciones, si el fisco verificaba la no emisión de la nota fiscal por primera vez, la clausura era de tres días o se aplicaba una multa equivalente a diez veces la cifra no facturada. En la segunda contravención y las siguientes ya no se aplicaba la convertibilidad, pero se mantenía el cierre por tres días.
De acuerdo con datos del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), desde el 12 de diciembre de 2012, cuando entró en vigencia la Ley Financial 2013, hasta el 19 de diciembre del año pasado, se hicieron 33.251 operativos. De ese total, se clausuraron 14.914 comercios. Otros 18.337 optaron por pagar una multa para evitar el cierre. Por ese último concepto, el fisco recaudó Bs 10,5 millones.
El presidente del SIN, Erik Ariñez, indicó en reiteradas ocasiones que se adoptaron medidas importantes desde 2013 para reducir la evasión y el fraude tributario.
En esa línea, el funcionario aseguró que la nueva normativa tributaria dispone sanciones progresivas para los negocios que no emiten factura y endurece las penas por los delitos de comercialización y la falsificación de facturas con dos a seis años de cárcel.
Añadió que el fisco dio nuevas facilidades de pago para los contribuyentes que tienen deudas de impuestos flexibilizando la cancelación de éstas en cuotas.
El analista Armando Álvarez sostuvo que el endurecimiento de las sanciones por la no emisión de las notas fiscales responde a los “reiterados casos de evasión fiscal”. Por ello, la gran cantidad de clausuras a nivel nacional es el resultado de un mayor control del SIN.
Explicó que la medida tiene el objetivo de disminuir la evasión fiscal y que el Estado logre una mayor recaudación tributaria.
De 2000 a 2013, las recaudaciones tributarias se multiplicaron por casi nueve veces. En 2013, los ingresos llegaron a Bs 45.839 millones, 22% más que en 2012 cuando fueron Bs 37.460 millones.
El presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz, Gabriel Dabdoub, dijo que la aplicación de las nuevas disposiciones ocasionó varios reclamos del sector empresarial, porque “hubo una persecución y una gran presión” para que los contribuyentes paguen sus impuestos. “Creo que se le ha pasado la mano al fisco por querer elevar las recaudaciones. Por ello, es fundamental generar las condiciones, como combatir el contrabando, para que los sectores de la economía se formalicen, pero no de la forma en que se está realizando”, afirmó.
El secretario ejecutivo de la Confederación de Gremiales de Bolivia, Francisco Figueroa, afirmó que el sistema de control del SIN “ha sido muy riguroso”. Los consultados coincidieron en que los operativos de fiscalización del SIN se incrementaron en los últimos años, principalmente en 2013.
La norma ocasionó la protesta de los microempresarios, que presentaron en marzo de 2013 una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Disposición Adicional Quinta del PGE 2013, que autoriza la clausura inmediata por la no emisión de facturas y el cierre definitivo de los comercios que reincidieron en esta acción por quinta vez. También se observó la Disposición Sexta, que sancionaba con hasta seis años de cárcel la compra o venta de notas fiscales.
FALLO. El 17 de enero, cuatro de los seis magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declararon la inconstitucionalidad de ambas disposiciones.
Figueroa dijo que su sector celebró el fallo porque el cierre de los negocios les “impedía trabajar”.
El fallo, además, exhorta al Legislativo a establecer el procedimiento de clausura en un plazo de seis meses y que en tanto se apliquen para estos casos el procedimiento administrativo establecido en el Código Tributario. Ariñez indicó que la sentencia dificultará el trabajo del fisco cuando haga controles orientados a que los comerciantes cumplan con sus obligaciones tributarias.
Dabdoub manifestó que el SIN, que anunció que las clausuras progresivas continuarán, debe elaborar una norma que sea consensuada con los sectores vinculados con el tema. Impuestos, añadió, debería además conceder incentivos a los contribuyentes formales.
Con el fallo, la recaudación disminuirá
L os operativos de control realizados por el fisco obligaban de cierta manera a que algunos sectores ingresen al sector formal con la emisión de facturas, principalmente a aquellos que se dedicaban a la venta de bienes y servicios. Esas medidas han derivado en una mayor recaudación tributaria. En los últimos cinco años, los ingresos tributarios que recaudó el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) han registrado un crecimiento sostenido en todo el país. Sin embargo, con el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional —que declaró inconstitucional las disposiciones quinta y sexta del Presupuesto General del Estado 2013— disminuirán el nivel de recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aunque este tributo representa el 18,7% del total de los ingresos percibidos en 2013. Además, con la sentencia puede fortalecer también la informalidad. El fallo del Tribunal Constitucional, asimismo, dispone que el Servicio de Impuestos Nacionales debe modificar su procedimiento para hacer las clausuras temporales. En esa línea, el fisco tendrá que reformular sus operativos, que más que ser coercitivos ahora tendrán que ser de concientización, a fin de que otros sectores se incorporen al sector formal y que éstos conozcan las facilidades que brinda el pertenecer a un régimen formal como el ser considerados sujetos de crédito fiscal o ser proveedores del Estado. El Gobierno, por su parte, podría dar otros estímulos para que las empresas se formalicen, como capacitación u otras medidas de fortalecimiento.
Jimmy Osorio López
es analista económico.
Para revisar la página de origen haga click aquí
El Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, promulgado el 11 de diciembre de 2012, puso en vigencia las clausuras progresivas hasta por 48 días continuos y el cierre de los comercios cuyos dueños no emitan notas fiscales.
Antes de estas disposiciones, si el fisco verificaba la no emisión de la nota fiscal por primera vez, la clausura era de tres días o se aplicaba una multa equivalente a diez veces la cifra no facturada. En la segunda contravención y las siguientes ya no se aplicaba la convertibilidad, pero se mantenía el cierre por tres días.
De acuerdo con datos del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), desde el 12 de diciembre de 2012, cuando entró en vigencia la Ley Financial 2013, hasta el 19 de diciembre del año pasado, se hicieron 33.251 operativos. De ese total, se clausuraron 14.914 comercios. Otros 18.337 optaron por pagar una multa para evitar el cierre. Por ese último concepto, el fisco recaudó Bs 10,5 millones.
El presidente del SIN, Erik Ariñez, indicó en reiteradas ocasiones que se adoptaron medidas importantes desde 2013 para reducir la evasión y el fraude tributario.
En esa línea, el funcionario aseguró que la nueva normativa tributaria dispone sanciones progresivas para los negocios que no emiten factura y endurece las penas por los delitos de comercialización y la falsificación de facturas con dos a seis años de cárcel.
Añadió que el fisco dio nuevas facilidades de pago para los contribuyentes que tienen deudas de impuestos flexibilizando la cancelación de éstas en cuotas.
El analista Armando Álvarez sostuvo que el endurecimiento de las sanciones por la no emisión de las notas fiscales responde a los “reiterados casos de evasión fiscal”. Por ello, la gran cantidad de clausuras a nivel nacional es el resultado de un mayor control del SIN.
Explicó que la medida tiene el objetivo de disminuir la evasión fiscal y que el Estado logre una mayor recaudación tributaria.
De 2000 a 2013, las recaudaciones tributarias se multiplicaron por casi nueve veces. En 2013, los ingresos llegaron a Bs 45.839 millones, 22% más que en 2012 cuando fueron Bs 37.460 millones.
El presidente de la Federación de Empresarios Privados de Santa Cruz, Gabriel Dabdoub, dijo que la aplicación de las nuevas disposiciones ocasionó varios reclamos del sector empresarial, porque “hubo una persecución y una gran presión” para que los contribuyentes paguen sus impuestos. “Creo que se le ha pasado la mano al fisco por querer elevar las recaudaciones. Por ello, es fundamental generar las condiciones, como combatir el contrabando, para que los sectores de la economía se formalicen, pero no de la forma en que se está realizando”, afirmó.
El secretario ejecutivo de la Confederación de Gremiales de Bolivia, Francisco Figueroa, afirmó que el sistema de control del SIN “ha sido muy riguroso”. Los consultados coincidieron en que los operativos de fiscalización del SIN se incrementaron en los últimos años, principalmente en 2013.
La norma ocasionó la protesta de los microempresarios, que presentaron en marzo de 2013 una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Disposición Adicional Quinta del PGE 2013, que autoriza la clausura inmediata por la no emisión de facturas y el cierre definitivo de los comercios que reincidieron en esta acción por quinta vez. También se observó la Disposición Sexta, que sancionaba con hasta seis años de cárcel la compra o venta de notas fiscales.
FALLO. El 17 de enero, cuatro de los seis magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declararon la inconstitucionalidad de ambas disposiciones.
Figueroa dijo que su sector celebró el fallo porque el cierre de los negocios les “impedía trabajar”.
El fallo, además, exhorta al Legislativo a establecer el procedimiento de clausura en un plazo de seis meses y que en tanto se apliquen para estos casos el procedimiento administrativo establecido en el Código Tributario. Ariñez indicó que la sentencia dificultará el trabajo del fisco cuando haga controles orientados a que los comerciantes cumplan con sus obligaciones tributarias.
Dabdoub manifestó que el SIN, que anunció que las clausuras progresivas continuarán, debe elaborar una norma que sea consensuada con los sectores vinculados con el tema. Impuestos, añadió, debería además conceder incentivos a los contribuyentes formales.
Con el fallo, la recaudación disminuirá
L os operativos de control realizados por el fisco obligaban de cierta manera a que algunos sectores ingresen al sector formal con la emisión de facturas, principalmente a aquellos que se dedicaban a la venta de bienes y servicios. Esas medidas han derivado en una mayor recaudación tributaria. En los últimos cinco años, los ingresos tributarios que recaudó el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) han registrado un crecimiento sostenido en todo el país. Sin embargo, con el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional —que declaró inconstitucional las disposiciones quinta y sexta del Presupuesto General del Estado 2013— disminuirán el nivel de recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aunque este tributo representa el 18,7% del total de los ingresos percibidos en 2013. Además, con la sentencia puede fortalecer también la informalidad. El fallo del Tribunal Constitucional, asimismo, dispone que el Servicio de Impuestos Nacionales debe modificar su procedimiento para hacer las clausuras temporales. En esa línea, el fisco tendrá que reformular sus operativos, que más que ser coercitivos ahora tendrán que ser de concientización, a fin de que otros sectores se incorporen al sector formal y que éstos conozcan las facilidades que brinda el pertenecer a un régimen formal como el ser considerados sujetos de crédito fiscal o ser proveedores del Estado. El Gobierno, por su parte, podría dar otros estímulos para que las empresas se formalicen, como capacitación u otras medidas de fortalecimiento.
Jimmy Osorio López
es analista económico.
Para revisar la página de origen haga click aquí
Deja una respuesta