Afirman que norma salarial discrimina a las firmas privadas

Página Siete
El Decreto Supremo  2002, aprobado el 16 de mayo de este año  sobre incremento salarial a las empresas públicas, discrimina a las compañías privadas en el tratamiento del incremento salarial, cuestionó el presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Mario Yaffar.
La norma, en su artículo 4, establece que las empresas públicas, para ser beneficiadas con el aumento salarial, deben demostrar tres requisitos: la sostenibilidad financiera para al menos tres años; haber generado utilidad operativa en la gestión anterior y que  el incremento sea financiado  con ingresos generados por el giro de negocio de la empresa, sin recurrir a ajustes de precios o transferencias del Tesoro General de la Nación.
En cambio, el artículo 7 del Decreto Supremo 1988, aprobado el pasado  1 de mayo, dispone que el aumento en el área privada será acordado entre los sectores patronal y laboral, sobre la base del 10%.
“La CNI pondera el tratamiento racional con el que el Gobierno pretende manejar sus empresas; no obstante, considera discriminatorio el marco legal que establece el decreto 2002, ya que en la práctica define que existen empleados de primera, los privados, que tendrán un 10% de incremento  sin considerar  si la empresa pueda o no soportar esa carga y empleados de segunda, los públicos, que deberán estar expectantes para saber si sus empresas cumplen o no los requisitos definidos”, dijo.
La Cámara demandó que la norma sea  extensiva a todas las empresas y trabajadores del país.
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