Opinión • CEDLA ratifica que Vías Bolivia no respeta derechos laborales de sus trabajadores • 28/02/2012

CEDLA ratifica que Vías Bolivia no respeta derechos laborales de sus trabajadores

Opinión, 28 de febrero de 2012.- Dos años después que el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA), hubiera denunciado la violación de derechos laborales de los trabajadores en Vías Bolivia, la entidad afirma que esa situación empeoró “sin que ni una persona u organización haga suya la problemática de los trabajadores de esta empresa pública”.

En junio de 2009, el investigador del CEDLA, Bruno Rojas, constató que en la autopista La Paz – El Alto y en otras rutas del país, trabajan personas encargadas del cobro de peaje a los automóviles en cabinas dispuestas para ello y contratadas a través de convocatorias públicas por Vías Bolivia.

“Lo llamativo del caso, es que estas personas no son contratadas como trabajadores sujetos a una relación laboral o como funcionarios públicos, sino como ‘Consultores’ en el marco de contratos administrativos”, afirma Rojas en su estudio “En Vías Bolivia, los trabajadores son contratados como ‘consultores’”

Una primera versión de ese documento fue difundido en el sitio web del Observatorio Boliviano de Empleo y Seguridad Social (OBESS) del CEDLA, en junio de 2009, y la entidad de investigación económica destaca que desde entonces la situación de esos trabajadores empeoró.

La conclusión en ese primer trabajo, es que bajo la figura civil de Consultor, “los contratados no son sujeto de derechos laborales, ni reconocidos como ‘funcionarios públicos’ en el marco del Estatuto del Funcionario Público que es la norma que regula el empleo estatal, al contrario, son tratados como profesionales independientes prestadores de servicios”.
En esa prestación laboral, interroga por qué son contratados como consultores independientes, “cuando en el desempeño de sus funciones como recaudadores, las relaciones que mantienen son de absoluta subordinación, dependencia y de trabajo por cuenta ajena en favor de la empresa, características típicas de una relación laboral reconocidas plenamente por el D. S. 28699”.

“¿Acaso los consultores no tienen sus propios horarios y su propia dinámica con tal de cumplir con el producto o servicio encargado? Lo cierto es que, en Vías Bolivia las contrataciones no están basadas en normas claras, los derechos laborales no cuentan y los empleos generados son absolutamente precarios y desprotegidos”, afirma Rojas.
Vías Bolivia, Administradora de Rodaje y Pesaje, fue creada por el D.S. 28948 de 26 de noviembre de 2006 como “una entidad pública descentralizada” bajo la tuición de la Administradora Boliviana de Carreteras, ABC, con el objetivo de “administrar directamente los peajes, pesajes, control de pesos y dimensiones de la Red Vial Fundamental de carreteras, en el marco de lo establecido en el Parágrafo IV del Artículo 2 de la Ley No 3507 de 27 de octubre de 2006…” que determina la creación de la ABC (Art. 1, I).

Rojas cuestiona que la función asignada a Vías Bolivia, sea efectuada con la contratación de personas en calidad de consultores encargados de la recaudación de los recursos generados en la Red Vial Fundamental.

“En lugar de contar con una planta de trabajadores o funcionarios estables que permitan cumplir con las funciones principales mencionadas que son la razón de ser de la entidad. ¿Cuál es el propósito de contar con “consultores” y no, con trabajadores estables? ¿La búsqueda de eficiencia? ¿La lucha contra la corrupción? La respuesta apunta a que la empresa busca liberarse del pago de beneficios sociales y del reconocimiento de derechos laborales. En otras palabras, contratar a un consultor es más barato que contratar a un trabajador bajo las normas laborales vigentes que implican el reconocimiento de derechos laborales”, afirma Rojas.

Otra de las revelaciones que a la fecha continua es que en los contratos se estipula que los Consultores deben presentar facturas por la remuneración mensual recibida (1.700 bolivianos), por lo que son obligados a presentar el formulario 610 que corresponde a consultores del sector público.

Para el investigador, “estos elementos ocultan que, los llamados consultores, se desenvuelven simple y llanamente como trabajadores dependientes, sometidos a un régimen de trabajo de sobreexplotación laboral. En otras palabras, formalmente son calificados como consultores, pero en la práctica, son tratados como trabajadores dependientes sujetos a una remuneración fija y a horarios formales generando considerables sumas de dinero a favor del Estado, a cambio de poco”.

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