Página Siete • El fallo del TC sobre la ley de las ONG • 12/07/2016
EDITORIAL
El Gobierno actual tiene un control casi absoluto sobre el Ministerio Público y el Órgano Judicial. Mediante éstos puede acusar, detener a cualquier persona, y, además, impedir que las acciones que tome sean debidamente juzgadas.
Una de ellas es la reciente decisión del Tribunal Constitucional (TC), la entidad que debería asegurarse de la constitucionalidad de las decisiones legislativas y otras que promueve el Poder Ejecutivo. El TC declaró en diciembre pasado, más de dos años después de haber recibido una demanda de inconstitucionalidad contra la ley y el decreto reglamentario que permite en Bolivia cerrar a las ONG, que estas normas son legales.
El objetivo de la ley y el decreto es, precisamente, reducir la capacidad de fundaciones y ONG a realizar una actividad crítica en el país. El año pasado, cuatro de ellas (Tierra, Milenio, Cedla y Cedib) fueron amenazadas con ser «expulsadas” (pese a que son bolivianas). Importantes líderes progresistas de la región, entre ellos Leonardo Boff y Boaventura de Souza, criticaron esas amenazas lanzadas por el Vicepresidente y la ley que permite el cierre de ONG.
El fallo del Tribunal, además, fue hecho público seis meses después de redactado para evitar que el Defensor del Pueblo anterior, Rolando Villena, quien presentó la demanda de inconstitucionalidad, pudiera recurrir a entidades internacionales con una apelación.
Es así que el Gobierno ha hecho realidad una norma que evita que las fundaciones y ONG puedan criticar sus acciones y presentar alternativas sociales, económicas y políticas a lo que éste decide.
La ley y reglamento en cuestión obliga a todas las entidades sin fines de lucro a reinscribirse y, al hacerlo, comprometerse a defender o estar alineadas a las políticas gubernamentales de desarrollo (el PND o Plan Nacional de Desarrollo). No hacerlo implicaría el riesgo de ser clausuradas y sus bienes confiscados sin orden de un juez.
Pero ello puede ampliarse luego a otros temas, como el aborto, los transgénicos, el medioambiente, la educación de niñas o el tema que sea.
Estas normas han dado una estocada a la capacidad de la ciudadanía de asociarse para fines lícitos. Si una fundación, por ejemplo, cree que las políticas educativas en Bolivia son erradas y propone planes para su reforma, estaría en riesgo de ser clausurada. Por lo tanto, ante ese temor, es probable pensar que muy pocas voces (de hecho éstas ya son escasas) se alcen contra políticas oficiales. Es como si en los años 70 no se hubiera podido criticar al militarismo de Banzer y en los 90 las políticas de erradicación de cocales de Sánchez de Lozada.
Son tan restrictivos el decreto y su ley que Maina Kiai, relator especial de las Naciones Unidas para la libre asociación, las calificó como «un ataque al fundamento mismo del derecho a la libertad de asociación”. Lo curioso es que el propio Tribunal Constitucional pidió a Kiai su opinión antes de emitir su fallo, en proceso denominado amicus curiae, pero finalmente no aceptó su recomendación.
Kiai explicó que «presentó (su informe al Tribunal) alegando que las disposiciones restringen injustificadamente el derecho a la libertad de asociación previsto por el derecho, las normas y los principios internacionales”, según el artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), y del que Bolivia es suscriptor.
El Gobierno ha dicho que el 99% de las ONG está adecuando sus estatutos y reglamentos a la citada ley, pero lo hace en las condiciones señaladas y que han sido observadas por los propios interesados e instituciones como NNUU.
El acoso a las ONG, junto con los ataques a los medios de comunicación, la confrontación con la Iglesia, las amenazas a la oposición y las restricciones a dirigentes sociales críticos, no son una buena noticia para los bolivianos porque conforman un escenario de retroceso de los derechos democráticos
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