El DS 2491 no tiene un fin recaudatorio, sino administrativo

MEFP – UCS
La viceministra de Política Tributaria, Susana Ríos aclaró hoy en conferencia de prensa que el Decreto Supremo N° 2491 es una medida de carácter administrativo que no tiene un fin recaudatorio.
El pasado 19 de agosto se aprobó el Decreto Supremo N° 2491 que introduce ajustes a dicho impuesto sobre el ingreso de los trabajadores dependientes, como una medida de carácter administrativo.
La viceministra Susana Ríos resaltó que el salario mínimo nacional se ha cuadruplicado desde la gestión 2005 a la fecha pasando de Bs. 440 en 2006 a Bs 1.656 este año, sin embargo el monto acreditable con facturas de los salarios de los dependientes no fue ajustado, en este sentido, la norma ratifica que 3 salarios mínimos y los descuentos efectuados por aportes a la seguridad social, están exentos del descargo mensual correspondiente al RC-IVA.
Trabajadores dependientes que ganen más de 5.691 bolivianos deberán descargarse con facturas
Es importante que en el cálculo del monto exento, se incluyan los aportes a las AFPs (12,71%) que no están alcanzados por el RC-IVA, al que se le suman tres salarios mínimos nacionales (Bs 4.968), y el resultado será el total que los trabajadores dependientes podrán descargar con facturas mensualmente.
Ríos destacó que esta medida no tiene un objetivo recaudatorio, ya que los trabajadores en relación de dependencia hacen el descargo correspondiente de forma mensual con la presentación de las facturas de los servicios y bienes adquiridos en los últimos ciento veinte días anteriores a la presentación del formulario, sin embargo permitirá que las personas que tienen un salario superior a Bs 5.691 solicitarán facturas por sus compras y coadyuvarán en la formalización y la facturación.
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