Cooperativas serán intervenidas si se agota la vía administrativa
Página Siete
La Autoridad de Control y Fiscalización de las Cooperativas será la instancia de supervisión y seguimiento de los estados financieros de estas sociedades.
Las cooperativas de servicios, agropecuarias, de telecomunicaciones y mineras, entre otras, sólo podrán ser intervenidas y disueltas una vez que se agote la vía administrativa -los recursos en el Ejecutivo- y luego de una decisión judicial ejecutoriada, según dispone la Ley General de Cooperativas y su reglamento.
«Una vez agotado el diálogo entre las cooperativas y las federaciones departamentales, nacionales y donde ni si quiera pueda conciliar la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol), recién intervendrá el Gobierno. Antes no ocurría eso, directamente era intervenida por las autoridades cuando tenían problemas, ésa es una de las características que precisa la reglamentación de la ley”, indicó ayer el gerente general de la Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones de Bolivia (Fecotel), Roberto García.
El presidente Evo Morales presentó ayer en el Palacio el reglamento de la Ley General de Cooperativas ante los representantes del sistema cooperativo.
El vicepresidente de la Concobol, Braulio Arguedas, dijo que antes el Ejecutivo designaba al interventor cuando en una cooperativa, en especial de telecomunicaciones, había problemas financieros y de gobernabilidad.
Citó otro ejemplo y dijo que cuando dos cooperativas mineras tengan problemas en sus concesiones, la federación departamental del sector deberá conciliar con los sectores en conflicto; si no hay resolución pasará a la federación nacional y luego a la Concobol, que con la instancia reguladora podrá pedir la intervención del Gobierno.
La ley dispone la creación de la Autoridad de Fiscalización de Control de Cooperativas (Afcoop), que se encargará de regular, evaluar y hacer seguimiento a los estados financieros, supervisar la reorganización, fiscalizar la disolución y liquidación e imponer y ejecutar sanciones, entre otras tareas.
La disolución
De acuerdo con el artículo 71 de la ley, la disolución de las cooperativas se dará por disminución del número de asociados a menos del mínimo establecido en la norma.
También por haber concluido el objeto de la cooperativa o por imposibilidad sobreviniente; cuando no se cumpla el objeto para el que ha sido creada; porque la cooperativa no haya iniciado actividades dentro del término fijado por la autorización. Cuando el monto del fondo social haga imposible el normal cumplimiento de los objetivos de la cooperativa. Además, por inactividad de la cooperativa durante dos años debidamente comprobada en los instrumentos internos y externos de la cooperativa. Por decisión judicial ejecutoriada una vez agotada la vía administrativa, entre otros factores, menciona la norma.
En los últimos años, COTEL fue intervenida por el Ministerio de Trabajo debido a que estaba en riesgo el servicio.
Hay 6.207 sociedades, según el Gobierno
En Bolivia hay 6.207 cooperativas que tienen 673.314 socios, afirmó ayer el ministro de Trabajo, Daniel Santalla, antes de la entrega de la reglamentación de la Ley General de Cooperativas.
La autoridad mencionó que de ese total el más representativo es el sector minero, que suma 1.666 cooperativas; le siguen las agropecuarias con 1.587, el agrícola con 346 cooperativas y la artesanía con 206 cooperativas.
Entre las cooperativas de servicio están el transporte con 634, la de ahorro y crédito con 456, de consumo con 266, la de servicios públicos como el agua potable, con 186, y la de electricidad, con 111 cooperativas. Sin embargo, el presidente de Concobol, Albino García, dijo que según el registro que tienen cuentan con más de tres millones de cooperativas, por lo que esperan que estos datos sean exactos con el empadronamiento, como dispone la Ley General de Cooperativas.
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