Aplicarán un gravamen a la venta de bebida en botellas pet

La Razón / Edgar Toro / La Paz – 06 de febrero de 2014
Reciclaje. La normativa, según la proyectista Betty Tejada, busca beneficiar a los acopiadores.
La comercialización de bebidas en botellas plásticas no retornables será gravada con una retención de hasta Bs 0,05 por unidad, según lo establece un proyecto de ley que se debate actualmente en el Senado. La venta de productos lácteos en este tipo de envases está excluida de la norma.
Las botellas plásticas no retornables  están fabricadas de polietilentereftalato (pet) que, una vez consumido su contenido (gaseosa, bebida alcohólica), se convierten en residuos.
“Se crea la retención por comercialización de bebidas en botellas plásticas no retornables (pet), aplicable a toda persona natural o jurídica dedicada a la producción y/o importación de bebidas contenidas en botellas plásticas no retornables, bajo cualquiera de las formas de organización económica reconocida por la normativa vigente”, señala el artículo 5 del proyecto de Ley Promoción para la Reducción de Contaminación por Uso de Botellas Plásticas no Retornables.
El documento, que ya fue aprobado en la Cámara de Diputados, indica que se aplicará una cuota de retención de Bs 0,025 por unidad a la botella no retornable de capacidad igual o menor a 0,600 litros. Un segundo rango es de Bs 0,035 por unidad al envase de capacidad mayor a 0,601 litros y menor o igual a 3,780 litros. La cuota más alta establece Bs 0,05 por unidad para la botella pet de capacidad mayor a 3,781 litros.
El documento establece una “multa de hasta 10% del importe de la retención no cumplida” y la suspensión temporal de la matrícula de comercio en caso de incumplimiento.  La diputada proyectista es Betty  Tejada, expresidenta de la Cámara de Diputados, quien explicó que esta norma tiene dos objetivos: reducir la contaminación y generar empleos para los recolectores de botellas que en el país son unos 30.000, de las que 21.000 son mujeres.
“El objetivo es promover el reciclaje de botellas plásticas no retornables en el Complejo Productivo de Bebidas, para reducir la contaminación hacia los componentes de la madre tierra y mejorar los términos de intercambio entre los actores involucrados”, explicó Tejada.
Impuesto. Esta nueva norma causó “sorpresa” en el sector industrial. La Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) se reunió ayer para evaluar su impacto. Mientras, en La Paz, el presidente de la Cámara Nacional de Industrias (CNI), Mario Yaffar, manifestó que el martes se enteró de este tema. Dijo que los fabricantes de bebidas gaseosas se encuentran “preocupados porque esto significa un nuevo impuesto más para la industria”.
Aún no se tomaron decisiones para asumir una posición o presentar alguna propuesta. Sin embargo, Tejada indicó que “sabía del descontento del sector de gaseosas como la Coca-Cola y los supermercados”, pero que hasta el momento no han presentado ninguna “propuesta por escrito”. “Estamos abiertos a escuchar propuestas, pero esto no es nada novedoso porque se aplica en Estados Unidos y Ecuador con mucho éxito”.
Tejada expresó que se plantea cobrar “$us 10 por tonelada, un monto razonable, si se toma en cuenta que la tonelada tiene miles de botellas”. Yaffar lamentó que el Gobierno, “una vez más, nos da un golpe” con esta medida, después de haber fijado el pago del segundo aguinaldo que a muchas empresas les está “costando”.
El destino del dinero recaudado
Reciclado
El 96% de los recursos obtenidos por las retenciones serán destinados a beneficio de recolectores de botellas plásticas no retornables. El 4% se destinará a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (Aemp), según la norma.
‘Monto retenido no significa alza de precios’
El proyecto de Ley de Promoción  para la Reducción de Contaminación por Uso de Botellas Plásticas no Retornables   establece que el monto retenido a las industrias por comercializar bebidas en botellas de plástico “no representará un incremento en el precio de venta de los productos al consumidor”. El inciso V del artículo 5 señala que se faculta a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (Aemp) a realizar la recaudación, control y fiscalización del correcto pago de las retenciones establecidas por la presente ley.
La diputada del MAS, Betty Tejada, proyectista de la norma, también indicó que esta medida en “ningún caso” permite que suban los precios de los productos y menos el cargar este aporte al consumidor.
Por el contrario, dijo que la norma establece “incentivos” y señaló que en caso de que se evidencie un incremento en el uso de botellas plásticas no retornables recicladas, “se reducirá el monto de la retención conforme a reglamentación”. El Órgano Ejecutivo, en un plazo no mayor a 60 días a partir de la publicación de la ley, emitirá la reglamentación.

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