CHILE: Operación renta, cómo rebajar impuestos por gastos en educación

 
La Nación
14 de abril de 2014
Para este año el beneficio alcanza los $102.562 anuales por cada uno de los hijos, que se pueden rebajar del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) y del Impuesto Global Complementario (IGC).
Como en años anteriores, los contribuyentes podrán rebajar sus impuestos al realizar su declaración de resto gracias a los gastos en educación.
Para este año el beneficio alcanza los $102.562 anuales por cada uno de los hijos, que se pueden rebajar del Impuesto Único de Segunda Categoría (IUSC) y del Impuesto Global Complementario (IGC).
Pero para eso se deben cumplir los siguientes requisitos, de acuerdo a la ley:
► El padre y/o la madre deben haber tenido una renta anual superior a $6.605.064, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.
► La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no deben exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($18.461.172). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja.
► Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2013.
► Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza preescolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85%.
¿QUIÉN RECIBE EL BENEFICIO, EL PADRE O LA MADRE?
De común acuerdo, los padres pueden optar por designar quién de ellos recibe el 100% del beneficio. Para eso, deben realizar una declaración jurada simple en www.sii.cl, menú de Renta o Declaraciones Juradas, bajo el título de “Declaración Jurada Simple de cesión de crédito por Gastos de Educación, art. 55 ter” antes de enviar su declaración de renta.
Si no se realiza este trámite, el monto de $102.562 por hijo se dividirá en partes iguales entre ambos padres.
Para verificar si puede utilizar el beneficio, el SII recomienda utilizar el simulador del beneficio de gastos en educación que aparece en el sitio web.
Además, al momento de realizar la declaración de renta, se le pedirá a los padres a hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, donde el contribuyente deberá indicar si cumple con el requisito de que las rentas en conjunto (padre y madre) no superen las 792 UF. Una vez ingresado el dato, se presentará la propuesta de declaración que incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación.
Para ver la página de origen haga click aquí

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *