Fijan hasta 8 años para que las cooperativas paguen su deuda

Página Siete / 13 de junio de 2015

http://www.paginasiete.bo/economia/2015/6/13/fijan-hasta-anos-para-cooperativas-paguen-deuda-59777.html

EL GOBIERNO APROBÓ UN DECRETO EN FAVOR DEL SECTOR MINERO

Los cuentapropistas adeudan $us 36 millones a la Comibol por la transferencia de maquinarias.

Lidia Mamani /La Paz

El Gobierno estableció un plazo máximo de hasta ocho años para que las cooperativas paguen a plazos  las deudas que tienen con la Comibol. La disposición fue aprobada en el Decreto Supremo 2398, del 10 de junio pasado.

«El plazo para los planes de pago al capital (…) no deberá ser mayor a ocho años, el cual debe considerar la capacidad de pago y el monto adeudado”, señala el parágrafo II del artículo 2 de reglamentación para el pago de deudas del cooperativismo. 

A fines de 2014, la Comibol anunció que el Ejecutivo prepara  una norma para que los cuentapropistas puedan pagar en cuotas los 36 millones de dólares que adeudan  a la estatal   por la compra de equipos y maquinarias que realizaron desde 1997.

En el parágrafo I del artículo 2, de  reglamentación para el pago de deudas dispone que la Comibol, en coordinación con la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin), en un plazo de  15 días (calendario), a partir de la publicación del presente decreto, debe elaborar el Reglamento de Regularización y Procedimiento para el Pago de Deudas, éste debe considerar parámetros de la capacidad de pago de las cooperativas mineras.

En la norma también señala que se autoriza a la Comibol, por única vez, a proceder al diferimiento del cobro de intereses.

«Las cooperativas mineras que cumplan con el pago total de capital adeudado en los plazos acordados  se beneficiarán con las condonación total de los intereses”, afirma.

No obstante, advierte que ante el incumplimiento de las facilidades de pago, será pasible a la suspensión del beneficio.

Los agentes de retención del pago de la deuda serán constituidos por las empresas comercializadoras de minerales o entidades públicas  del rubro, hasta cubrir el total del importe adeudado.

La  enajenación

Disposición En 1997 se promulgó la Ley 1786, que autorizó a la Comibol la enajenación (venta, transferencia) de sus activos, como maquinaria, herramientas, insumos y otros bienes, que tenían en sus almacenes. La normativa fue promulgada durante el  gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada.

Compromisos En 2012, el expresidente de la Fencomin, Albino García, informó que más de 100 cooperativas mineras de los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí y Cochabamba  adeudaban  a la estatal Comibol. A fines de marzo de este año, los  dirigentes de la Fencomin demandaron la anulación de los intereses, moras y sanciones de los equipos que les fueron transferidos en 1997 y sostuvieron que pagarán la deuda.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *