PÁGINA SIETE • Senarecom compró un bien inmueble en Potosí que en 7 días duplicó su valor catastral • 19/06/2017

Un informe legal y otro de la Contraloría General del Estado detectaron varios incumplimientos a las normas

ANF
El Servicio Nacional de Comercialización de Minerales (Senarecom) adquirió por excepción un bien inmueble por Bs 1.252.800 en la ciudad de Potosí. Las órdenes de compra se hicieron en dos meses y se emitieron dos certificaciones de valor catastral en siete días, uno por 188.623 bolivianos y el otro por 418.749 bolivianos.
ANF accedió a los documentos que ese despacho realizó para adquirir una casa, ubicada en la calle Nicolás Benito s/n Zona Huayna Mayu-San Benito de la capital potosina, por un valor de 1,2 millones de bolivianos.
Entre septiembre y octubre de 2015, Senarecom decidió la compra de ese bien inmueble de propiedad de Gustavo Bruno Villacahua Huanca y Gimena Diaz Flores. El 12 de noviembre se suscribió el contrato de adquisición firmado por la directora general Ejecutiva, Lourdes Abastoflor.
Abastoflor informó a ANF que existía una necesidad institucional de sentar presencia en Potosí, por lo que se decidió la adquisición. “Se buscó diferentes opciones, de manera personal fui a visitar tres o cuatro opciones”, sostuvo.
A lo largo del proceso se detectaron varios “incumplimientos” a las normas. No se registró en Derechos Reales y en el Servicio Nacional del Patrimonio del Estado (Senape), no se pagó el Impuesto a la Transferencia que asumió Senarecom con las respectivas multas, además se retrasó en el registro y publicación en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes) y no se entregó la documentación en los plazos establecidos a la Contraloría General del Estado.
Todas las entidades públicas, cuando requieren un inmueble, deben solicitar al SENAPE una certificación sobre si cuenta o no con ese bien, con las características requeridas y el lugar donde necesitan. Si SENAPE certifica que no cuenta con ese inmueble solicitado, recién la institución pública podrá proceder a la compra del bien inmueble
La directora Ejecutiva aseguró que cuentan con la certificación del SENAPE que “es indispensable para iniciar el proceso de contratación”. Asimismo, se comprometió a entregar el documento pero al final ANF no recibió esa información, aunque insistió que el proceso fue transparente.
Un informe del 29 de junio del 2016, de la abogada de Senarecom Norma Hazel Flores, advirtió que se trataba de un “caso sumamente delicado que requiere la atención urgente para evitar mayores daños a la entidad” y recomendó iniciar de manera inmediata la regularización del derecho propietario del bien inmueble, la cancelación del Impuesto a la Transferencia, la protocolización y el registro en Derechos Reales.
Otra observación es que en el expediente existen dos certificaciones catastrales del Gobierno Municipal de Potosí. La Dirección de Catastro y Desarrollo Urbano el 16 de octubre del 2015 estableció un valor catastral actualizado de 188.623,53 bolivianos por una superficie de 607,68 metros cuadrados; con una construcción de 248,78 m2 en la planta baja y de 34 m2 en el primer piso.
Existe otra certificación del 23 de octubre del 2015 sólo válida para el pago de impuestos con un valor catastral de 418.797 bolivianos. En la planta baja con una construcción de 478,65 m2 y en el primer piso 238,83 m2. Ambas certificaciones fueron emitidas el mes de octubre del 2015.
En siete días, que es la diferencia entre una y otra certificación, el 16 de octubre se registró una superficie total construida de 282,78 m2, mientras que el 23 de octubre la construcción total era de 717,48 m2.
Al respecto, Abastoflor explicó que “de acuerdo a los requisitos tú tienes que hacer un avaluó actual para adquirir un bien inmueble. El registro catastral no contemplaba la construcción de la parte nueva con la parte nueva había esa diferencia”.
En dos meses se resuelve la adquisición y se suscribe el contrato
De acuerdo al contrato administrativo por excepción de adquisición del bien inmueble, se gestionó la compra de un bien en la ciudad de La Paz, sin embargo por “necesidad institucional” la oficina departamental de Potosí mediante informe técnico SNRCM/DPT/INF/2015 del 8 de septiembre de 2015 “requiere el inicio del proceso de contratación” para comprar un bien para ese departamento.
El 10 de septiembre de 2015, el Senarecom señala que resolvió la compra del bien en esa ciudad en mérito a la “reformulación del Plan Operativo Anual (POA) 2015”, que fue aprobado mediante una Resolución de Directorio.
El 19 de octubre mediante informe legal se recomienda a la Máxima Autoridad Ejecutiva de Senarecom suscriba la Resolución Administrativa que “autorice el inicio del proceso de contratación del bien inmueble” para la oficina de Potosí y que además sea “bajo la modalidad por excepción”. Un día después, el 20, la Dirección Ejecutiva resuelve autorizar este proceso.
El 4 de noviembre, la Comisión de Calificación mediante un informe Nº 188/20135, después de revisar la “única propuesta” recomienda a la Dirección Ejecutiva la “adquisición de dicho proceso de contratación a los proponentes Gustavo Bruno Villacahua Huanca y Gimena Diaz Flores (…) al cumplir su propuesta con todos los requisitos y ser la más conveniente a los intereses del Senarecom”.
El 9 de noviembre, la Unidad Legal de esta institución concluye que después de revisar la documentación legal del bien inmueble “recomienda a la MAE proceder a la suscripción de contrato administrativo” para la compra del mismo. El 12 de noviembre se suscribe el contrato.
La Contraloría detecta varios incumplimientos
La Subcontraloría de Servicios Legales el 23 de mayo del año pasado, a través de un informe hizo conocer tres observaciones referidas al incumplimiento de normas y procedimientos.
En el proceso de contratación por excepción se “incumple” con el inciso a) del artículo 33 de la Resolución de la CGE/115/2013, porque no presentó los documentos a la Contraloría la primera semana del mes siguiente a la formalización del contrato.
Se detectó un retraso de 98 días hábiles en el registro del Formulario 400 en el Sistema de Contrataciones Estatales (Sicoes). Incumplió el artículo 66, parágrafo II, inciso b) de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
Tampoco se hizo publicación del Formulario 500 sobre recepción de bienes, obras y servicios en el Sicoes, se advirtió un retraso de 98 días hábiles, conforme prevé su manual de operaciones.
ANF realizó una entrevista a Abastoflor, quien pidió un plazo para preparar información complementaria sobre el tema, por ejemplo sobre la certificación del Senape, la multa que pagó este despacho por el retraso en la cancelación del Impuesto a la Transferencia y las razones técnicas de por qué en corto tiempo se modificó el valor catastral del bien inmueble.
Este medio retornó después de dos días en el mes de abril a Senarecom, sin embargo, el personal solo ofreció el informe de la Contraloría y se reusó a proporcionar el resto de la documentación que había sido comprometida.
 
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