Página Siete • Rigen los incentivos para la exploración con el 12% del IDH • 13/07/2016

Los alicientes se aplicarán a las zonas tradicionales, no tradicionales y otras; buscan inversiones para elevar la producción.
El Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2830 gracias al cual rige la aplicación de los incentivos a la exploración petrolera con el aporte del 12% del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH).
La norma reglamenta la Ley 767 de Promoción para la Inversión en Exploración y Explotación Hidrocarburífera, que tiene como objetivo impulsar las inversiones y actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país, informó el ministro de Hidrocarburos y Energía, Luis Alberto Sánchez.
“Como Ministerio hemos hecho varias normas y una de ellas es la reglamentación a la Ley 767, la cual tiene el objetivo de no parar las inversiones. Ante la crisis del petróleo, el país la afronta con mayores inversiones, puesto que hay grandes mercados y grandes oportunidades para el sector”, destacó.
Incentivo en zona tradicional
El reglamento estipula que cuando el precio internacional del petróleo (WTI) supere el nivel máximo de 116 dólares por barril, el incentivo se definirá a partir de la multiplicación del volumen de producción por el monto máximo de 50 dólares por barril (incentivo).
Este aliciente será aplicado únicamente a la producción de crudo proveniente de los nuevos campos descubiertos luego de la Ley 767.
En cambio, los nuevos reservorios descubiertos en áreas existentes, y que se encontraban en etapa de evaluación cuando se publicó la Ley 767, se beneficiarán de un incentivo de 30 dólares por barril en Notas de Crédito Fiscal (NOCRES).
El mismo estímulo se aplicará a los reservorios que estaban en producción y que en los planes de desarrollo o de inversión a ser presentados, hasta 60 días luego de la aprobación de este nuevo decreto, comprometan nuevas inversiones.
Los 30 dólares en NOCRES a su vez servirán como acicate a los campos cerrados para que se puedan reactivar.
El decreto 2830 aclara que cuando el precio del petróleo alcance un valor por debajo de 20,35 dólares el incentivo a la producción de petróleo crudo se suspende.
Zona no tradicional
El reglamento dispone que en las zonas no tradicionales, cuando el precio del petróleo alcance un valor por debajo de 20,35 dólares, el incentivo se suspende y YPFB definirá la estrategia para garantizar la continuidad de la producción.
Cuando el precio del petróleo supere los 116 dólares, el incentivo se definirá a partir de la multiplicación del volumen de producción por el monto de incentivo de 55 dólares.
Esta prima se aplica solamente a la producción de petróleo en los nuevos campos descubiertos luego de la Ley 767, puntualiza el decreto.
No hay confiscación
“Este incentivo no es un recorte y menos una confiscación de los recursos, sino, al contrario, permitirá nuevos y mayores ingresos que pueden ser invertidos en infraestructura, equipamiento y el fortalecimiento en la formación de los recursos humanos, no sólo para el Gobierno central sino también para los gobiernos departamentales y municipales”, remarcó Sánchez.
Según el Ministro de Hidrocarburos, hay una gran demanda de nuevos mercados tanto privados como estatales que ofrecen comprar más gas natural.
Además, destacó que en Bolivia se está industrializando con nuevas plantas como la de amoniaco – urea, de litio, del Mutún y “el nuevo gran pilar económico que será el sector eléctrico”.
Las inversiones
Proyección Según cifras del Gobierno, en 2005 las inversiones en el sector hidrocarburífero eran de 246 millones de dólares, mientras que en 2015 se elevaron a 2.000 millones de dólares y este año serán de 2.400 millones de dólares.
Postura Las regiones productoras observaron la aprobación de la Ley 767, porque consideran que se les confiscan recursos del IDH.
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