Página Siete • Norma tributaria disminuirá intereses de la deuda • 16/06/2016

Los diputados aprobaron anoche el proyecto de Ley 153, que modifica cinco artículos de la Ley del Código Tributario Boliviano. Los cambios tienen el objetivo de disminuir los intereses de la deuda tributaria, aplicar de manera práctica el arrepentimiento eficaz, acelerar los procesos de notificación y premiar al buen contribuyente.
Con este nuevo código se establece una tasa de interés fija y gradual en la deuda tributaria; 4% en los primeros cuatro años de mora, que se incrementará en dos puntos los siguientes años; es decir, a partir del primer día del quinto, sexto y séptimo año se aplicará un interés del 6% y desde el primer día de octavo año, 8%, según una nota de la Cámara de Diputados.
Anteriormente, la norma no consideraba esta diferenciación de la deuda tributaria, lo que aumentaba los intereses.
Además se separa de la fórmula de cálculo de la deuda tributaria el componente de “multas”, debido a que en la práctica las multas no se cobran con la nueva fórmula, sino sobre el valor equivalente al tributo omitido actualizado sin intereses.
Por otro lado, otras modificaciones de la norma vigente redefinirán el cobro de la reducción de sanciones y la correcta aplicación del arrepentimiento eficaz.
Se podrá acoger al arrepentimiento eficaz cuando se pague la deuda tributaria hasta el décimo día de notificada con la vista de cargo o auto inicial, o en el caso de declaraciones juradas con pagos en defecto hasta la notificación del inicio de ejecución tributaria, quedará automáticamente extinguida la sanción.
Además, la nueva norma -aprobada ayer en Diputados y que pasa al Senado para su sanción- prevé incentivos tributarios.
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