Página Siete • Contratarán a entidad financiera para inversiones en el exterior • 02/02/2017

El Gobierno aclaró que estas inversiones se realizan desde hace cuatro años y provienen de recaudaciones de pasaportes y otros valores que se venden afuera.
El Gobierno aprobó un decreto supremo que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la contratación directa de una entidad financiera internacional para realizar inversiones de recursos del TGN en el extranjero.
“Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la contratación directa de una entidad financiera internacional para realizar inversiones u otras operaciones financieras en el extranjero”, indica el artículo 30 del Decreto Supremo 3034 de reglamentación de la Ley del Presupuesto 2017.
El viceministro del Tesoro, Sergio Cusicanqui, aclaró que la realización de este tipo de operaciones está vigente desde 2013, dentro de la Ley de Presupuesto de cada gestión.
Aclaró que las inversiones en el exterior proviene del excedente de las recaudaciones de valores fiscales (pasaportes y otros documentos) que se venden en el exterior, a través de embajadas y generan recursos para el país.
La ley, dijo, establece que este tipo de fondos puedan ser invertidos con altos niveles de seguridad con calificaciones AAA y de corto plazo.
El analista económico Armando Álvarez opinó que es potestad del ministerio realizar inversiones de recursos del TGN; sin embargo, observó la modalidad de contratación.
“Los recursos del TGN son administrados por el ministerio y es su responsabilidad la contratación de entidades financieras para la inversión de estos recursos; sin embargo, estos procesos de contratación deberían hacerse por licitación pública, no mediante invitación”, explicó.
Por otra parte, apuntó que si bien existe cierta estabilidad en los mercados de valores, existe una creciente expectativa por los efectos que podrían tener las políticas del Gobierno norteamericano en los próximos meses, por lo que recomienda prudencia.
“Es un asunto que es mejor tomarlo con prudencia, ya que si bien las cosas ahora están más o menos estables, existe la promesa de volatilidad por las medidas que pueda adoptar Trump en EEUU, por eso considero que es mejor esperar”, precisó.
El senador opositor Óscar Ortiz observó esta decisión al considerar que el artículo 30 del DS 3034 no es claro con el origen de los fondos a invertirse en mercados internacionales.
“Nos preguntamos por qué el Ministerio de Economía quiere sacar plata de Bolivia cuando el Presupuesto General del Estado tiene más de 3.000 millones de déficit y cuando el Tesoro General de la Nación (TGN) tiene alrededor de 2.000 millones de déficit.
Cusicanqui lamentó que las declaraciones de Ortiz demuestren desconocimiento de la normativa aprobada por el Legislativo. Además, dijo que el reclamo es extemporáneo.
El artículo 30
Autorización El parágrafo I del artículo 30 del DS 3034 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas la contratación directa de una entidad financiera internacional para realizar inversiones u otras operaciones financieras en el extranjero.
Procedimiento El procedimiento para la contratación establecida en el parágrafo anterior estará regido mediante resolución ministerial.
Procedimiento Los lineamientos, procedimientos y políticas para la inversión de recursos del TGN en el exterior, a través de instrumentos de inversión de entidades financieras internacionales, se realizarán en el marco del reglamento elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
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