Página Siete • Gestora adjudicó directamente un software de $us 5,1 millones • 07/05/2017

La empresa adjudicada es Sysde Internacional INC de Panamá y el contrato establece que el software debe tener las características del que usa la AFP Futuro.

El software para el funcionamiento de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo tendrá un costo de más de 5,1 millones de dólares y fue adjudicado de forma directa a la empresa Sysde Internacional INC de Panamá.

Así lo revela el contrato administrativo No 002/2017 suscrito por la gestora y la compañía panameña el pasado 13 de febrero y al que accedió Página Siete.

Este medio envío un cuestionario al Viceministerio de Pensiones para conocer sobre este contrato y los costos que demandará la compra del software, pero hasta el cierre de esta edición (viernes) no recibió respuesta.

El documento señala que en mérito a la Resolución de Directorio No 003/2017 del 24 de enero de 2017, se autorizó “la contratación directa para la adquisición del software especializado para la implementación del sistema integral de pensiones de la gestora”, sobre la base de las conclusiones y recomendaciones contenidas en los informes técnicos GP/INF No 001/2017 de 6 de enero de 2017; GAF/ADQ/No 002/2017 de 10 de enero de 2017 e Informe Legal GP/INF/Legal/No 004/2017 de 10 de enero de 2017, así como las especificaciones técnicas emitidas por la Unidad Solicitante y la propuesta adjudicada del proveedor.

“El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente contrato, según alcance descrito en los documentos contractuales que se indican en la cláusula décima es 5.148.127,43 dólares que al tipo de cambio oficial establecido por el Banco Central de Bolivia, asciende a 35.830.966,90 bolivianos”, precisa la cláusula quinta de contrato suscrito entre las partes.

El software que debe proveer la empresa en la primera fase es la “Implementación de la versión Sysde Pensión” que fue implementada en la AFP Futuro o una de la calidad idónea y con características técnicas y funcionales similares.

Esta entrega tiene como fecha límite el 15 de septiembre de este año, especifica el contrato.

La segunda fase abarca la implementación de canales de servicio al cliente y otros, y debe ser provista hasta el 15 de enero de 2018. La tercera fase incluye la implementación de la última versión liberada de Sysde Pensión y se debe entregar hasta el 30 de abril de 2018.

El asesor de la Gobernación de Santa Cruz, José Luis Parada, opinó que en una licitación se tiene la oportunidad de elegir y seleccionar la mejor opción y precio del producto a adquirir.

Cuando se opta por la contratación directa la compra sólo toma en cuenta los términos de referencia y no siempre se puede escoger una calidad superior. Incluso surgen dudas de por qué se escogió a una empresa de Panamá, y no de otro país con mayor experiencia en desarrollo de software, observó.

El economista Julio Linares señaló que la única manera en la que la gestora pudo acudir a la contratación directa es si el producto o bien es único y sólo algunos países lo desarrollan.

La otra causal que se establece en las normas básicas de contratación es que si la licitación fue declarada desierta en dos oportunidades, por diversos motivos, se tuvo que apelar a la contratación directa, añadió.

Para ello el contratante debe justificar la decisión con informes técnicos, legales.

Página Siete publicó el año pasado que desde 2006 hasta marzo de 2016, el Sicoes reportó 54.583 contrataciones directas, más de la mitad fueron impulsadas por el nivel central.

Las normas que respaldan contrato

Según la cláusula décima segunda del contrato suscrito por la Gestora Pública de Pensiones con Sysde Internacional INC, el documento está respaldado en al menos seis disposiciones legales.

En primer lugar la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales del 20 de julio de 1990.

También el documento menciona al Decreto Supremo 0181 de 28 de junio de 2009, referido a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones respectivas.

Además el contrato menciona el Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Gestora (RE-SABS-EPNE) aprobado mediante resolución de Directorio No 10/2016 de 24 de noviembre de 2016 y otras normas relacionadas.

El 28 de agosto de 2009 se aprobó el Decreto Supremo 181 o de Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, que estipula que la contratación directa fue creada sólo para casos especiales, excepcionales, de emergencia o desastre. Sin embargo, normas complementarias flexibilizaron esta salvedad de la disposición original.

Nueva entidad administrará más de Bs 97 mil millones

La nueva Gestora Pública de Pensiones llegará a administrar más de 97.220,3 millones de bolivianos que se encuentran en los fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP) que manejan en la actualidad las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Ése es el valor de los fondos que se tenía hasta noviembre de 2016, según datos del Viceministerio de Pensiones, disponibles en su página web (ver gráfica).

El numero de personas jubiladas alcanzó a 101.772.

Mediante el Decreto Supremo 2248 del 15 de enero de 2015, el Gobierno autorizó al Ministerio de Economía la transferencia de 80 millones de bolivianos del Tesoro General de la Nación (TGN) como aporte de capital para la nueva entidad.

Recientemente, el pasado 29 de marzo, con el Decreto Supremo 3123 se garantizaron 120 millones de bolivianos adicionales para la ejecución de un fideicomiso en favor de la gestora.

La entidad fue creada por la Ley 065 de Pensiones en diciembre de 2010, sin embargo, recién en enero de 2015, mediante el Decreto Supremo 2248, se constituyó y se aprobaron sus estatutos, señala un análisis del CEDLA.

Tendrá a su cargo la administración y representación de los Fondos SIP, Fondo de Ahorro Previsional, Fondo de Vejez, Fondo Colectivo de Riesgos, Fondo Solidario y Fondo de la Renta Universal de Vejez, así como la “gestión de prestaciones, beneficios y otros pagos.

Se financiará, según la Ley 065 con: i) la comisión del 0,5% que actualmente se les paga a las AFP, porcentaje que “será revisado cada tres (3) años”; ii) la comisión por la administración del fondo de la Renta Dignidad; iii) “donaciones, aportes extraordinarios y transferencias de otras fuentes públicas o privadas, nacionales o extranjeras”, y otros.

Para septiembre se prevé que inicie operaciones.

Para ver la página de origen haga clic aquí.

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